Contraloría habilita departamento
anticorrupción para investigación interna

(24 de octubre, 2011) El contralor general de la República, Oscar Rubén Velázquez Gadea, en uso de sus atribuciones legales y constitucionales, asignó al Departamento de Gestión Anticorrupción de la Dirección General de Asuntos Jurídicos, según Resolución CGR Nº 872, la potestad de realizar las diligencias tendientes al esclarecimiento de presuntas faltas y/o hechos punibles realizados por funcionarios de la Contraloría General de la República (CGR) o personas que prestan servicios personales a la institución, con el objetivo de verificar la existencia de méritos para la instrucción de sumarios disciplinarios, rescisión de contratos o la formulación de denuncias ante los organismos jurisdiccionales.

El Departamento de Gestión Anticorrupción, en su carácter de Unidad de Investigación Interna, iniciará las tareas de recolección de información, en los casos en que llegare a su conocimiento la existencia de indicios de la realización de presuntas faltas o hechos punibles realizados por funcionarios de la CGR.

Para el cumplimiento de su finalidad, la Unidad de Investigación Interna, podrá requerir informes y documentos a cualquier funcionario o persona que presta servicios personales para la CGR, en forma directa. Asimismo, realizar cualquier diligencia lícita destinada al cumplimiento de sus funciones, incluyendo, la obtención de información de fuentes externas a la Contraloría.

Por su parte, los funcionarios de la CGR, independientemente del nivel jerárquico de los mismos, deberán colaborar con el Departamento de Gestión Anticorrupción para lo cual deberán responder a los requerimientos, remitir informes, entregar documentos, asistir a entrevistas, contestar cuestionarios que se realice y demás diligencias a ser implementadas, debiendo observar la celeridad que se demande para cada caso en particular. El incumpli- miento de lo establecido será considerado como falta disciplinaria.

La Contraloría General de la República tiene el deber de implementar medidas tendientes al buen funcionamiento de la institución, entre las que se encuentran el control de gestión, la disciplina de los funcionarios, y la contribución al fortalecimiento de los principios de la función administrativa, en especial los concernientes a la transparencia e integridad en la actividad pública.

A partir de ello, surge la imperiosa necesidad de reafirmar los valores institucionales basados en la transparencia, integridad y ética institucional. La Contraloría debe ser el órgano reconocido por una inquebrantable gestión íntegra y honesta, donde no sean tolerados hechos de corrupción de ninguna índole por parte de funcionarios de la Institución.

El esclarecimiento de los indicios de faltas disciplinarias y de hechos punibles contra intereses de la Contraloría, es de absoluto interés institucional, debido a que se trata del insumo necesario para la adopción de medidas correctivas, la aplicación de sanciones y/o la formulación de denuncias ante los organismos jurisdiccionales.

En tales circunstancias, además de las funciones que le han sido asignadas a la CGR, corresponde apuntalar la implementación de acciones constantes tendientes a evitar cualquier manifestación contraria a los parámetros éticos institucionales, y por su parte, eventualmente aplicar sanciones concretas para los infractores de las diferentes irregularidades detectadas.

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