ha sido ineficaz durante el 2009
Existen legajos de rendición de cuentas del Objeto de Gastos 122 Gastos de Residencia por US$ 21.270 y por Ers.2.700 en los cuales no se han anexado los recibos en concepto de pago por alquiler de varios meses. Además varios pagos en concepto de alquiler no se encuentran debidamente respaldados con los contratos suscritos y en varios comprobantes existen datos no coincidentes insertados con otro tipo de letra e impresión surgiendo indicios de hecho punible. Este hallazgo será remitido a la Dirección de Auditoria Forense para su profundización correspondiente.
Así mismo, existe una diferencia por G. 704.198.400 entre el total de la ejecución presupuestaria de gastos y el soporte documental presentado como rendición de cuentas del Objeto del Gasto 122. Esto no se ajusta a lo dispuesto por la Ley Nº 1535 “De Administración Financiera del Estado”.
Otras irregularidades que competen a representaciones diplomáticas del exterior tales como Buenos Aires, Puerto Iguazú (Argentina), Curitiba y Foz de Iguazú (Brasil) y OEA (EE.UU) han suscrito contratos de alquiler con vigencia que superan el ejercicio fiscal, imputándose en el objeto de gasto 122 Gastos de Residencia y comprometiendo recursos presupuestarios de periodos fiscales posteriores, los cuales aún no se encuentran presupuestados ni asignados a la institución, incumpliendo lo dispuesto por la Ley Nº 1535/99 “De Administración Financiera del Estado”.
El MRE ha efectuado pagos en concepto de aguinaldo a los funcionarios contratados en el exterior, imputado en el Objeto de Gastos 141 Contratación Personal Técnico de los cuales algunos beneficiarios no han retirado sus respectivos cheques, los cuales se encuentran vencidos hace varios meses, sin embargo no fueron visualizados dichos cheques en original ni la Nota de Depósito Fiscal demostrando su devolución al Tesoro Nacional por G. 22.758.600 incumpliendo con lo establecido en la Ley Nº 3964/10 “De Presupuesto General de la Nación para el Ejercicio Fiscal 2010”
Con relación a las observaciones mencionadas, las autoridades del Ministerio de Relaciones
Exteriores, deberán implementar todas las recomendaciones incluidas en el informe de la CGR, de forma a lograr mejoras en los niveles de eficacia, eficiencia y economía en las operaciones que realiza en el ámbito de su objetivo misional.
Para ese efecto, los responsables de la administración deberán diseñar, aprobar e implementar un plan de mejoramiento institucional en base a los planes de mejora funcionales e individuales de conformidad al Modelo Estándar de Control Interno MECIP que permita salvar las deficiencias apuntadas. Este plan deberá ser presentado a la Contraloría General de la República, en un plazo de treinta (30) días y deberá contener las acciones a implementarse.
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