Contraloría pide a Municipalidad de Roque
Alonso que llame a licitación pública
Alonso que llame a licitación pública
(24 de marzo, 2009) La Contraloría General de la República (CGR) recomendó a la Municipalidad de Mariano Roque Alonso a llamar a licitación pública para la contratación de una empresa recolectora de basura. El ente contralor calificó de no válido el argumento esgrimido por el municipio, consistente en que no se procedió al llamado de la licitación pública porque esperaban que la Junta Municipal reglamente la explotación del servicio.
La CGR comunicó al intendente Carlos Valdez que, como administrador del municipio, no requiere de reglamentación alguna para convocar a una licitación para el citado servicio; y sugiere la elaboración de los documentos necesarios para el llamado, previa remisión a la Junta Municipal para su aprobación.
Los argumentos expuestos por la CGR fueron claros y concluyentes en el sentido de que no se requiere de reglamentación alguna convocar la licitación para el servicio; el Intendente es el responsable de realizar los procedimientos establecidos ,impulsando las actuaciones pertinentes a través de sus dependencias técnicas. La Unidad Operativa de Contratación, la Dirección Administrativa u otro órgano técnico de la institución municipal que la Intendencia designe, deberán encargarse de la elaboración de los documentos necesarios para el llamado.
La CGR menciona que a las unidades operativas de contrataciones (creadas por la Ley Nº 2051/03, “De Contrataciones Públicas”) también les corresponde procesar las licitaciones públicas para la concesión de obras y servicios públicos. Según la CGR, los argumentos expuestos por la Municipalidad de Mariano Roque Alonso solo buscan eludir la obligación que le corresponde como administradora, para no asumir la responsabilidad de realizar trámites para convocar la contratación del servicio bajo la modalidad de licitación pública, procediendo indefinidamente a través del procedimiento de contratación directa.
La CGR pone a conocimiento de la Municipalidad de Mariano Roque Alonso dichas observaciones (Nota Nº 957) y se encuentra a la espera de los documentos que respalden los trámites relacionados a la convocatoria sugerida para el servicio de referencia. Esto en atención a la fecha de vencimiento del contrato celebrado con la firma Ciudad Limpia, que se extiende al 12 de mayo del 2009.
Los argumentos expuestos por la CGR fueron claros y concluyentes en el sentido de que no se requiere de reglamentación alguna convocar la licitación para el servicio; el Intendente es el responsable de realizar los procedimientos establecidos ,impulsando las actuaciones pertinentes a través de sus dependencias técnicas. La Unidad Operativa de Contratación, la Dirección Administrativa u otro órgano técnico de la institución municipal que la Intendencia designe, deberán encargarse de la elaboración de los documentos necesarios para el llamado.
La CGR menciona que a las unidades operativas de contrataciones (creadas por la Ley Nº 2051/03, “De Contrataciones Públicas”) también les corresponde procesar las licitaciones públicas para la concesión de obras y servicios públicos. Según la CGR, los argumentos expuestos por la Municipalidad de Mariano Roque Alonso solo buscan eludir la obligación que le corresponde como administradora, para no asumir la responsabilidad de realizar trámites para convocar la contratación del servicio bajo la modalidad de licitación pública, procediendo indefinidamente a través del procedimiento de contratación directa.
La CGR pone a conocimiento de la Municipalidad de Mariano Roque Alonso dichas observaciones (Nota Nº 957) y se encuentra a la espera de los documentos que respalden los trámites relacionados a la convocatoria sugerida para el servicio de referencia. Esto en atención a la fecha de vencimiento del contrato celebrado con la firma Ciudad Limpia, que se extiende al 12 de mayo del 2009.