Observaciones de la Contraloría a la Sub Secretaría de Administración Financiera
del Ministerio de Hacienda

(30 de agosto, 2011) Un examen especial a las direcciones generales del Tesoro Público y de Presupuesto, respectivamente, dependientes de la Sub Secretaría de Administración Financiera del Ministerio de Hacienda por parte de la Contraloría General de la República (CGR), permitió realizar algunas observaciones luego de constatar deficiencias y debilidades en los procedimientos y actividades de la entidades auditadas, correspondiente al ejercicio fiscal 2010.

DIRECCION GENERAL DEL TESORO PÚBLICO

•    Falta de pago de intereses moratorios de MEPSHOW SA.

Claramente, la empresa MEPSHOW SA incurrió en incumplimiento de contrato al no abonar las multas establecidas en la resolución de la CONAJZAR, por atraso en el pago de Canon Fiscal correspondiente a los meses de enero, febrero, marzo, abril, mayo, junio, noviembre y diciembre de 2010, por un monto total de G. 1.058.400.000. Conajzar deberá establecer una postura firme, considerando la aplicación estricta del contrato firmado con Mepshow SA.

•    Falta de reglamentación para otorgar Aportes del Estado a las Entidades Educativas e Instituciones sin fines de lucro.

Se observó que el 50% de las Entidades Educativas sin fines de lucro fueron incluidas en el Presupuesto General de la Nación 2010, en forma directa por el Congreso Nacional. Además, se evidenció la falta de una reglamentación general que establezca los procedimientos a seguir por las entidades que desean solicitar aportes del Estado, ya que se observa que algunas presentan al Ministerio de Hacienda y otras directamente al Congreso Nacional, el que sin dar intervención al Ministerio de Hacienda, incluye las solicitudes directamente en el Presupuesto y las habilita para recibir aportes del Estado.

•    Deficiente rendición de cuentas de las ONGs que recibieron aporte a través de la Tesorería General del Estado.

La verificación de la documentación recibida evidenció que varias entidades sin fines de lucro no dieron cumplimiento a lo establecido en las leyes, lo que demuestra que este importante rubro del Presupuesto Nacional de Gastos no es tomado con la seriedad que se merece por parte del Congreso Nacional ni por el Ministerio de Hacienda y, mucho menos, por las entidades beneficiadas con el aporte del Estado paraguayo, proveniente de los impuestos tomados del trabajo de todos los ciudadanos.

•    Canon porcentual del 2% sobre la utilidad neta

Conajzar efectuó los reclamos correspondientes respecto a la presentación obligatoria de la declaración jurada mensual de las utilidades o pérdidas comerciales, la concesionaria cumplió con el requisito en un solo mes, y en forma tardía. Para los demás meses, remitió los resultados a su mejor criterio y conveniencia, dejando en evidencia el incumplimiento de lo establecido en el contrato.

•    Seguimiento de las recomendaciones de la CGR en auditorías anteriores.

La Dirección General del Tesoro Público dio cumplimiento al 59% de las recomendaciones formuladas por la Contraloría; en tanto, el 19% se halla en proceso, y el 22% se encuentra pendiente de implementación, las cuales serán verificadas en auditorías posteriores.

DIRECCIÓN GENERAL DE PRESUPUESTO

•    Aumento del Proyecto de Presupuesto presentado por el Poder Ejecutivo al Congreso Nacional, sin justificación.

El Ministerio de Hacienda no pudo justificar las diferencias entre el Presupuesto presentado al Poder Legislativo y el Presupuesto aprobado por Ley 3964/10, debido a que las modificaciones fueron realizadas por el Congreso Nacional sin comunicar al Ministerio de Hacienda los fundamentos de dichas modificaciones. Por tanto, se evidencia que el propio Congreso Nacional incumplió lo establecido en la Ley Nº 1535/99 “De Administración Financiera del Estado”, art. 18, “Relaciones entre el Poder Ejecutivo y el Poder Legislativo”.

•    Liquidación de Royalties por la cantidad de población de las municipalidades y no por la densidad poblacional de las mismas.

El Ministerio de Hacienda, a pesar de las reiteradas observaciones que la CGR ha venido realizando respecto a la incorrecta aplicación de la Ley, nuevamente, para el ejercicio fiscal 2010, realizó los cálculos para la distribución de los Royalties y Compensaciones a los municipios en contravención a lo establecido en la Ley 1309/98 que dice, la distribución de los recursos será del 50% en parte iguales para cada municipio, y el 50% restante, según la densidad poblacional de cada uno de ellos, realizando los cálculos tomando la cantidad de población. Este proceder distorsionó la distribución de los Royalties y, de esta manera, los municipios con mayor cantidad de población fueron beneficiados en detrimento de los municipios de mayor densidad poblacional, tal como está establecido en la Ley.

•    Diferencias entre el monto liquidado y el obligado para los municipios.

El Ministerio de Hacienda no cuenta con una reglamentación legal que establezca el plazo límite para la presentación de la documentación requerida para la Solicitud de Transferencias de Recursos (STR) y las Ordenes de Transferencias (OT) de los Royalties y Compensaciones por los Municipios y Gobernaciones. Por tanto, esta falta ocasiona un desorden administrativo para el Ministerio de Hacienda.

•    Transferencias de los Royalties en razón del territorio inundado a Sivipar, Indert y Fonavis, correspondientes al ejercicio fiscal 2010.

El Ministerio de Hacienda no recibió fondos de la Binacional Yacyretá durante el ejercicio fiscal 2010 en concepto de “Royalties y Compensaciones en Razón de Territorio Inundado”, y por “Utilidad de Capital” y no se observó que el Ministerio haya realizado gestión administrativa alguna al respecto.

•    El Ministerio de Hacienda no ejerce control sobre Municipios para depósito.

La Dirección General de Presupuesto no realiza control alguno para que todos los municipios de la República para que realicen el depósito del 15% del Impuesto Inmobiliario que perciben, para su distribución a los Municipios de menores recursos.

•    Seguimiento de las recomendaciones de la Contraloría.

La Dirección General de Presupuesto dio cumplimiento al 36% de las recomendaciones formuladas por la CGR, en tanto el 64% se encuentra en proceso de implementación.

Enlace al Informe Final de la Dirección del Tesoro Público:
http://www.contraloria.gov.py/index.php?option=com_docman&task=doc_view&gid=5281

Enlace al Informe Final de la Dirección General de Presupuesto:

http://www.contraloria.gov.py/index.php?option=com_docman&task=doc_view&gid=5282


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