Contraloría: inacción de la SET permitió prescribir
casi Gs. 3.000 millones en detrimento del Estado
casi Gs. 3.000 millones en detrimento del Estado
(22 de setiembre, 2010) La inacción de la Subsecretaría de Estado de Tributación (SET), dependiente del Ministerio de Hacienda, desembocó en la prescripción del cobro de obligaciones tributarias por Gs. 2.972.896.363 en perjuicio del Estado paraguayo y a favor del contribuyente Petrobrás Paraguay Gas SRL (RUC 80035964). Así señala una auditoría de gestión realizada por la Contraloría General de la República (CGR) al ejercicio 2009 de la citada entidad, encargada de administrar el sistema tributario de la República. Las autoridades responsables durante el ejercicio fiscal auditado son Dionisio Borda, ministro de Hacienda, y Gerónimo Bellasai, viceministro de la SET.
Cabe mencionar que la administración tributaria ha restringido y en algunos casos ha impedido a la CGR el acceso a la información, al sistema de gestión tributaria “Marangatú” y a los documentos físicos que respaldan la gestión de la SET. Dicha situación imposibilita cumplir con todos los procesos auditores como la verificación, comparación y pruebas sustantivas con relación al análisis de diversos documentos.
La auditoría solicitó formalmente, desde el mes de febrero del año 2010, el acceso al sistema de gestión tributaria “Marangatú”; sin embargo, la SET impidió el procedimiento invocando disposiciones legales y garantías constitucionales. Como resultado, la auditoría (mediante una orden judicial) recién ingresó en los primeros días de junio -por el término de cinco días- al “Marangatú”. Esto, atendiendo a que el Juzgado concedió los recursos interpuestos por el Ministerio de Hacienda con efectos suspensivos, por lo que el cumplimiento de la orden judicial emitida en principio quedó diferida a las resultas de los trámites a ser desarrollados ante el Tribunal de Apelaciones.
La auditoría señala que la inacción de la administración tributaria (titular del derecho) durante el tiempo límite para el cobro de las obligaciones tributarias, desembocaron en la prescripción de la obligación 511 – Resolución de ajuste IRACIS (impuesto a las actividades comerciales, industriales y de servicios), a favor del contribuyente Petrobrás Paraguay Gas SRL (RUC 80035964), ocasionando un detrimento de derechos a percibir por el Estado paraguayo (ver páginas 26 al 31 del informe final).
El ente superior de control indica además una gestión deficiente de la SET, que permitió la existencia de una cartera morosa de contribuyentes por más de Gs. 809 mil millones (Gs. 809.119.239.186) al 31 de diciembre del año pasado, con el riesgo de algunas de esas obligaciones prescriban.
El ente superior de control detectó además una deficiente gestión de la SET por mora en la devolución de créditos tributarios, que generó intereses moratorios a favor de contribuyentes por valor de Gs. 5.926.199.981. Dichos intereses moratorios fueron generados a favor de los contribuyentes Coomecipar Ltda. (Gs. 485.318.723), Compañía Distribuidora Internacional S.A. (Gs. 1.128.086.937), Docunet S.A. (Gs. 3.932.631.412 y Gs. 21.913.597), el Consorcio Cesbe Conempa (Gs. 70.395.446 y Gs. 200.536.169), Consorcio Ecomipa S.A/ Chávez S.A.I. (Gs. 87.317.697). Si a estos intereses moratorios se le agrega la devolución del capital (créditos tributarios, Gs. 6.543.831.636) el total (capital más intereses moratorios) suma Gs. 12.470.031.607 (ver cuadro pág. 36 en el informe final). También halló retraso en la devolución de créditos fiscales al contribuyente Consorcio Empresas Consorciadas del Sur (Ecosur, RUC: 80047867), lo que ha generado a favor de dicho contribuyente la percepción de intereses moratorios por Gs. 287.284.906.
El ente superior de control detectó además vulnerabilidad en los controles internos a “terceros autorizados a realizar trámites” para el otorgamiento (devolución) de créditos fiscales a determinados contribuyentes, cuyos procesos en cada caso fueron irregulares, debido principalmente a soportes documentales presumiblemente fraudulentos, según los informes de auditoría interna del Ministerio de Hacienda. Estos créditos representan la suma de G. 3.577.136.378 (pág. 47 al 49 del informe final).
También existen atrasos de hasta 116 días en los depósitos de los ingresos recaudados por Entidades Recaudadoras Autorizadas (ERAs) durante el ejercicio fiscal 2009, incumpliendo cláusulas del contrato de prestación de servicios por un monto de Gs. 4.137.353.526. Se trata de la Cuenta 460, ingresos por impuestos/tributos, y las claúsulas incumplidas son la 15º (Visión) y 18º (Pronet), según la muestra de la auditoría. Además, las ERAs no reconocen las penalizaciones aplicadas correspondientes al ejercicio fiscal 2009, lo que refleja que al 9/06/10 no se han percibido ingresos por valor de Gs. 117.348.051.
La entidad fiscalizadora superior además detectó expedientes de fiscalización de varios años (2009, 2008 e inclusive del año 2000) que al 5 de marzo de 2010 no se han finiquitado (están pendientes de conclusión) y representando ingresos no percibidos para el Estado paraguayo, por un monto total de Gs. 97.976.332.802.
BAJA RECAUDACIÓN DEL IMAGRO
La auditoría de la CGR también detectó la baja recaudación del Impuesto a la Renta de las Actividades Agropecuarias (IMAGRO) que en el año 2009 representó un monto de Gs. 22.651.000.000, mientras que el crédito fiscal es 3.007% más que la recaudación impositiva (es decir, Gs. 703.843.862.829), lo cual afectará varios años la recaudación del citado impuesto (ver página 79 a 82 del informe final).
La auditoría señala que esta observación trata de demostrar “el excesivo crédito fiscal de los contribuyentes, créditos estos acumulados antes de la promulgación del Decreto Nº 28/08”. El informe señala que “si bien es cierto que los privilegios fiscales que gozaban los grandes contribuyentes del IMAGRO fueron eliminados en septiembre de 2008, los mismos podrán seguir usando el IVA crédito fiscal acumulado a la fecha para pagar el IMAGRO hasta su agotamiento, y, considerando la recaudación del IMAGRO (alrededor de Gs. 22.000.000.000) y el crédito fiscal para compensar por parte de los contribuyentes (alrededor de Gs. 700.000.000.000), la recaudación de este impuesto se verá afectada por varios años”.
El ente superior de control señala que “en consideración a que Paraguay es un país eminentemente agrícola, las recaudaciones del impuesto IMAGRO resultan insuficientes y consideramos que esta situación debe ser atendida por la SET”. La auditoría señala que “la presente observación demuestra la falta de razonabilidad entre la recaudación de un impuesto y la generación de impuestos fiscales de forma excesiva, que, antes de fomentar formalización del sector agropecuario “castigan” o reducen notablemente los recursos que deben ser percibidos”.
BAJO PORCENTAJE DE FISCALIZACIONES Y NOTIFICACIONES
La entidad fiscalizadora superior observó una deficiente gestión de la SET, que solo ha efectuado 104 fiscalizaciones en el 2009, que representan el 0,02% del total de contribuyentes (ver pág. 56 del informe final, cantidad de contribuyentes que no han sido fiscalizados desde el 2005 al 2009). Otro indicador de gestión deficiente para la CGR es que la SET, a través de su Departamento de Control de Obligaciones, solo ha notificado al 0.13% del total de los contribuyentes que no han cumplido con sus obligaciones tributarias al 31 de diciembre de 2009.
La auditoría señala además como gestión deficiente que los registros históricos de contribuyentes, antes de la reingeniería (del sistema viejo al actual) continúan siendo procesados y depurados, en relación a las declaraciones juradas y los pagos. La auditoría también señala deficiencias en los sistemas “Marangatu” y “Faje” debido a cortes producidos que desembocaron en la falta de disponibilidad de dichos sistemas por varios minutos. Además, indica que los cortes producidos en el Sistema de Administración de Turnos para Atención a Contribuyentes (SATAC) generaron retrasos en la atención a los mismos.
El ente superior de control señala además que no se ha efectuado un corte administrativo entre el sistema tributario anterior (finales de 2006) y el sistema de gestión tributaria “Marangatu” (inicios de 2007), no asegurándose de esta manera al integridad, confiabilidad y disponibilidad de la información.
La auditoría señala además que el Departamento de Créditos y Franquicias Fiscales no ha participado efectivamente en las transferencias de créditos fiscales entre contribuyentes correspondientes al año 2009 y que representan Gs. 82.158.508.090, ya que no se han proveído documentos que respalden dichas transferencias (págs. 34 y 35 del informe final).
PRESCRIPCIONES
La CGR detectó que la SET otorga prescripciones de obligaciones tributarias mediante un dictamen del Departamento Técnico Jurídico de la Dirección General de Grandes Contribuyentes (DGGC), sin la emisión de un acto administrativo de disposición del Viceministro de Tributación (máxima autoridad de la SET).
La auditoría además señala que la SET no dispone en el sistema de gestión tributaria de un proceso informatizado que refleje el estado de la prescripción solicitada por los contribuyentes y los procesos desarrollados, ya que el procesamiento de la información se realiza en forma manual, con el agravante de que a la fecha del presente informe la información requerida por el equipo auditor ha sido proveída en forma incompleta (falta en algunos casos importe de prescripción). La CGR señala que la falta de dicho proceso informático impide que la SET pueda contar con información oportuna y veraz para la toma de decisiones sobre las acciones posteriores a ser realizadas. (ver pág. 43 y 44 del informe final).
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Informe Final
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