CGR evidencia descontrol del CAH en proyecto
para fortalecimiento del sector agrícola


(16 de julio, 2009)  Un examen especial de la Contraloría General de la República (CGR) revela que existe descontrol en la administración y aplicación de los recursos del proyecto “Fortalecimiento del sector agrícola II”, del Crédito Agrícola de Habilitación (CAH). Dicho proyecto, identificado como PG-P14, es el resultado de un convenio de préstamo aprobado por Ley Nº 1362/98, entre la República del Paraguay y el Fondo de Cooperación Económica para Ultramar (OECF). El proyecto tiene un elevado porcentaje de morosidad de los prestatarios. La auditoría corresponde a los desembolsos realizados durante el ejercicio fiscal 2007 (Resolución CGR Nº 679/08).

El examen especial revela que la Unidad Ejecutiva del Proyecto (UEP) PG-P14, cuyo único fin y razón de ser es “administrar y aplicar con éxito los recursos financieros asignados al CAH”, no tiene y no guarda la totalidad de los datos correspondientes a la aplicación de los fondos del préstamo. El CAH se priva así de una herramienta vital para el control y evaluación del programa, cuyos fondos deberían ser correctamente aplicados para que se puedan generar los fondos necesarios tendientes a que el país pueda devolver el préstamo. El informe de la CGR destaca la inacción de los niveles de control establecidos en la UEP.

Al cierre del ejercicio fiscal 2007, la morosidad representaba el 65% del monto desembolsado, equivalente a Gs. 18.877.791.978, de capital más intereses. Sin embargo, por falta de un seguimiento adecuado de la ejecución de las operaciones del proyecto, el CAH se halla incapacitado de informar qué porcentaje de estos créditos en mora están siendo objeto de demandas judiciales para su cobro por dicha vía y, por consiguiente, el estado de cada una de las acciones judiciales iniciadas.

En relación a los préstamos otorgados en gestión judicial, el CAH no dispone de otros datos certeros que no sean los nombres de los prestatarios morosos y el año de inicio de las correspondientes demandas. Hay evidencias de que varios de ellos se hallaban pendientes de impulso procesal y de que diez años después de la firma del convenio aún no ha sido implementado un método válido para la ejecución del mismo.

Un análisis de los recibos de cobranzas y las boletas de depósitos bancarios de los beneficiarios del préstamo PG-P14 de los distintos centros de atención, permitió constatar que los importes percibidos en los mismos no son depositados en los plazos establecidos en las disposiciones legales. Esto, además de constituir una trasgresión, indica ciertamente la absoluta falta de control de las autoridades encargadas de esa tarea.

Existe una falta de claridad en los saldos de cuentas, por lo que la auditoría de la CGR no puede definir el total exacto adeudado por los beneficiarios del préstamo PG-P14. El informe remitido por el CAH no aclara si el mismo corresponde al total acumulado del Proyecto PG-P14 o solo al ejercicio fiscal 2007. Además, en el mismo informe están incluidos los préstamos que corresponden a los fondos propios del CAH (Fondo 02).

En relación a la recuperación de los préstamos, la CGR constató que el total desembolsado por el Japan Bank Cooperation International (JIBC) en el periodo examinado asciende a Gs. 20.670.416.446. Sin embargo, durante el mismo periodo, el CAH otorgó préstamos por valor de Gs. 28.931.969.740, sin que se haya pododo determinar si esta última suma proviene de los desembolsos recibidos de la JIBC o de la recuperación de los préstamos concedidos. La CGR también constató que el CAH no discrimina, en cuentas separadas, los préstamos otorgados de los fondos denominados “Fondo Rotatorio” de los otorgados con fondos propios, para posibilitar una revisión y control posterior de su correcta utilización.

En la verificación in situ de las carpetas de los beneficiarios de Alto Paraná e Itapúa, se observa que casi todos los legajos examinados incumplen una o varias condiciones reglamentarias exigidas para la formalización de los préstamos del programa. Esto, según la CGR, indica el poco apego de los funcionarios del CAH al cumplimiento cabal de sus obligaciones, el escaso compromiso de la Auditoría Interna institucional con la tarea que le asigna el ordenamiento legal vigente y el nulo control que ejercen los niveles superiores de la administración del CAH al no adopar medidas para corregir estas deficiencias. En relación a la verificación de las escrituras de hipotecas de los beneficiarios, se evidenció que el CAH no realiza un seguimiento cercano de los trámites de las hipotecas en el registro público, así como la falta de interés de los responsables de realizar tales acciones.

El CAH carece de un sistema integrado de administración financiera, y de un sistema de registros contables que le permita obtener información exclusivamente del Proyecto PG-P14. Por otra parte, se evidenció una gran debilidad en los controles internos durante el periodo de ejecución del préstamo, que aún estaba vigente a la fecha de la auditoría. Esto hace que los controles ejercidos no sean suficientes ni adecuados para proveer información confiable, integral y oportuna. Al igual que la poca rigurosidad y la falta de confiabilidad en las informaciones de los centros de atención.

En la mayoría de los casos, las autoridades del CAH no cumplieron las recomendaciones dadas por el máximo órgano contralor en su oportunidad, incumpliendo el Art.16 de la Ley Nº 276/94, que establece la obligatoriedad de la aplicación de las recomendaciones de la CGR para todos los organismos sujetos a su control.

El CAH deberá elaborar y poner en marcha un plan o programa de mejoramiento que deberá ser presentado a la CGR en un plazo no mayor a 90 días, a fin de implementar las medidas necesarias para regularizar totalmente las situaciones observadas (Nota CGR Nº 4110).


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