La Contraloría facilita presentación
de denuncias ciudadanas
 
(06, octubre de 2008) A fin de fortalecer el mecanismo de denuncia ciudadana, la Contraloría General de la República (CGR) resolvió que las mismas pueden ser presentadas en forma
anónima y sin obligatoriedad de ir acompañadas de documentos respaldatorios. También se aceptan copias simples en materia de documentación, teniendo en cuenta la dificultad existente en el acceso a la información pública; las denuncias pueden presentarse en forma verbal, escrita o vía Internet. Así establece la Resolución Nº 1036 de la CGR, que modifica el procedimiento de presentación de denuncias a través del Departamento de Control Ciudadano.
La denuncia verbal puede ser anónima, vía telefónica a través de la línea habilitada para el efecto (6200372) o también presencial. La misma deberá contener los datos necesarios que hagan posible la investigación y seguimiento de los hechos denunciados. Las denuncias con identificación presencial serán formuladas ante el Departamento de Control Ciudadano: el denunciante facilitará sus datos de contacto para facilitar la comunicación en caso de que se requiera mayor información. 
 
La denuncia escrita anónima puede ser presentada en sobre cerrado, dirigido al Contralor General de la República o al Departamento de Control Ciudadano. En dicha denuncia se especificarán los datos de la institución o agentes públicos denunciados. La denuncia vía Internet puede realizarse a través del correo electrónico a través del controlciudadano@contraloría.gov.py, o a través del formulario de denuncias ubicado en el “link” (enlace) de “denuncias ciudadanas”, del sitio web de la CGR www.contraloría.gov.py/controlciudadano .

La CGR considera que la “denuncia ciudadana” constituye un valioso instrumento para la recolección de casos que permitan viabilizar el control de las actividades económicas y financieras del Estado, de los gobiernos departamentales y municipales; y ante hechos irregulares por parte de agentes o instituciones públicas objeto de control de la CGR.

Por ello, en reconocimiento de las dificultades de acceso a la información pública por parte de los ciudadanos, la resolución establece la no obligatoriedad de la presentación de los documentos que avalen la denuncia formulada. En caso que el denunciante posea algún tipo de documentación que pueda respaldar su denuncia, la misma podrá ser presentada en copia simple, en cualquiera de las modalidades y casos citados.