(21 de setiembre, 2017) La Contraloría General de la República (CGR) dispuso la realización de un Examen Especial a la Dirección General de Contabilidad Pública (DGCP), dependiente de la Subsecretaría de Estado de Administración Financiera del Ministerio de Hacienda, correspondiente al Ejercicio Fiscal 2016. La evaluación y comprobación del Sistema de Control Interno de la Dirección General de Contabilidad Pública en el período sujeto a examen, permitió evidenciar las debilidades de las funciones y atribuciones establecidas en el Manual Administrativo de Cargos y Funciones de las dependencias de la DGCP, como ser: la falta de Plan Operativo Anual del Departamento de Normas y Técnicas Contables. El informe hace referencia a varias observaciones en el ámbito financiero de la dependencia, que a continuación se exponen.

Durante el ejercicio fiscal se evidenció que la incorporación de los informes financieros de los municipios al “Sistema de Informes Municipales”, fue establecida solo en el Decreto Reglamentario N° 6715/17, sin que la exigencia de la obligatoriedad de la incorporación “en línea” al Sistema, fuera contemplada en la Ley de Presupuesto N° 5554/16.

Nuevamente y como en años anteriores, se evidenció que cinco Organismos y Entidades del Estado no dieron cumplimiento al inciso “a” del artículo 28 de la Ley N° 1535/99 y el numeral 2.4 del “Anexo” a la Resolución MH SSEAF N° 163/16, en cuanto al plazo de presentación del “Informe de Cierre de Ingresos y Gastos” a la DGCP.

En ese sentido, se destaca nuevamente la falta de gestión de la DGCP del Ministerio de Hacienda para impulsar el establecimiento de disposiciones que determinen sanciones eficaces a los Organismos y Entidades del Estado (OEE) que incumplen la norma legal.

Además, se constató durante el 2016, la reincidencia de algunas entidades en la presentación de sus informes financieros anuales con posterioridad al plazo establecido en el Artículo 89 de la Ley N° 5554/16 y el numeral 2 del Artículo 251 del Anexo A del Decreto Reglamentario N° 6715/17.

Se comprobó el incumplimiento de algunos Organismos y Entidades del Estado respecto a presentación de los “Formularios de Bienes de Uso”.

Respecto a los informes financieros mensuales, se constató que ocho Organismos y Entidades del Estado realizaron la presentación posterior al plazo establecido en el Artículo 89 de la Ley 5554/16, atraso que algunos casos superó los trescientos días. (Página 33 al 37 del Informe final).

La auditoría comprobó que, en cuanto a la presentación de Informes Financieros Anuales, se hallan en falta, correspondiente al ejercicio fiscal 2016, por las Municipalidades de Caapucú, Yby Pyta, Puerto Casado y Bahía Negra.

A lo que refiere a los informes cuatrimestrales, se evidenció la falta de Formularios B-06-09 “Movimiento Bienes” de los Municipios de Unión y de Coronel Martínez, en el correspondiente legajo de informes financieros verificados, dejando en evidencia la escasa efectividad de los controles realizados por las áreas responsables.

Nuevamente como en años anteriores en el ejercicio fiscal 2016 se constató la presentación de informes financieros anuales de la ESSAP en fecha posterior al plazo. (Página 48 al 50)

También en el ejercicio fiscal 2016 se visualizó la reincidencia de algunas Sociedades Anónimas con Participación Mayoritaria del Estado en la presentación de sus informes financieros mensuales con posterioridad al plazo establecido.

Se constató que Ferrocarriles del Paraguay S.A. (FEPASA), no dio cumplimiento al artículo 314 del Anexo “A” del Decreto Reglamentario N° 4774/16, de la obligación de presentar sus Informes Financieros Mensuales, sin que la DGCP haya impulsado acciones respecto al incumplimiento de la citada Entidad.

Así también las entidades CAPASA Y COPACO presentaron sus Informaciones Patrimoniales en un formulario no adecuado al formato establecido en el Decreto Reglamentario N° 4774/16.

La DGCP del Ministerio de Hacienda deberá implementar las medidas necesarias a fin de regularizar totalmente las situaciones observadas, para lo cual tendrá que elaborar y poner en marcha un plan o programa de Mejoramiento, que deberá ser presentado a la CGR en un plazo no mayor a 30 días.

Los trabajos de control estuvieron a cargo de la Dirección General de Economía.

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Gacetilla N° 112/2017
Nota CGR N° 2589/17
Res. CGR N° 125/16
JEGA/DGCE/mlc
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