(07 de Setiembre, 2017) La Contraloría General de la República dipuso la realización de una auditoria de gestión al Servicio Nacional de Calidad y Sanidad Vegetal y de Semillas (SENAVE) correspondiente a los ejercicios fiscales 2013, 2014 y 2015. Por los efectos que tiene la administración de los recursos de los programas desarrollados por el Servicio Nacional de Calidad y Sanidad Vegetal y de Semillas, se concluye que la gestión evaluada por la auditoria en términos de economía, eficiencia, eficacia arroja deficiencias de su gestión.

Se detectó la falta de cumplimiento de metas establecidas para el programa de mejoramiento y fortalecimiento de la calidad, sanidad e inocuidad de productos y sub productos vegetales y de semillas, causada por una inadecuada estimación de las metas para el programa, conforme a las disposiciones establecidas en el artículo 23 del Decreto N° 8127/00 “Por el cual se establecen las disposiciones legales administrativas que reglamentan la implementación de la Ley N° 1535/99, de Administración Financiera del Estado, y el funcionamiento del Sistema Integrado de Administración – SIAF”

El SENAVE no cuenta con procedimientos aprobados para certificar la calidad e inocuidad de productos y subproductos de origen vegetal, hecho que incide en la certificación de productos vegetales, esta situación se encuentra en incumplimiento de lo establecido en el articulo 1° inciso c) de la Ley N° 4866/13 que modifica la Ley N° 2459/04 “Que crea el Servicio Nacional de Calidad y Sanidad Vegetal y de Semillas (SENAVE).

Por otra parte no fue implementado el Sistema Nacional de Trazabilidad de Productos y Subproductos Vegetales (SITRAVE), ocasionando la falta de conocimiento de los datos referentes al origen y destino de los productos (desde su producción hasta su comercialización), incumpliendo lo dispuesto en los artículos 1, 2 y 3 del Decreto N° 1244 de fecha 12/02/14.

La disposición por la cual se derogó la resolución de implementación del uso de etiquetas codificadas para productos fitosanitarios y fertilizantes, no expresa la justificación o motivo por el cual se dejó sin efecto a la misma, a pesar del pago total de G. 3.100.000.000 (Guaraníes tres mil cien millones), afectando el cumplimiento de los objetivos y fines del SENAVE, conforme a lo dispuesto en la Ley N° 2459/04, modificada por la Ley N° 4866/13, en su artículo 5 inciso a) y b) y el articulo 6 inciso e)

Esta Auditoria Presupuestal estuvo a cargo de la Dirección General de Control de Recursos Sociales de la Contraloría General de la República.

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Gacetilla Nº 93/2017
Nota CGR N° 2490/17
Res. CGR N° 86/17
JEGA/DGCE/pg
Contactos: 613 345 - RA: 6200236/7
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