La Dirección General de Control de Rendición de Cuentas de Viáticos y de las Transferencias (DGCRCVT) como responsable de la recepción de las Rendiciones de Cuentas e informes, presentados ante la Contraloría General de la República, en el marco de las Resoluciones CGR Nros. 359/21 y 433/16, dispone:
- Rendición de cuentas en cumplimiento de la Ley N° 6628/20 “Que establece la Gratuidad de los cursos de admisión de Grado en todas las Universidades Públicas del país, y los Institutos Superiores”.
Los Organismos y Entidades que perciban, administren o ejecuten recursos del Tesoro FF10 – 088 por Gratuidad, deberán formalizarse ante la Contraloría General de la República a través del correo CGR:
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Plazos:
- Primer Semestre, al 15 de julio
- Segundo Semestre, al 15 de febrero del siguiente año, por el periodo fiscal concluido.
La presentación del Informe de Rendición de Cuentas, será realizado con base al formulario publicado en la página web de la Contraloría General de la República (www.contraloria.goy.py), con sus respectivos documentos de respaldo debidamente escaneados en formato digital (PDF). En caso que el archivo supere la capacidad para su remisión deberá solicitar por el correo el acceso a la Nube CGR y contraseña para el efecto.
- Rendición de cuentas en cumplimiento de la Ley N° 6759/21 “Que crea las Unidades de Gestión de Proyectos de Investigación en las Universidades e Institutos Superiores de Gestión Pública”.
Las Unidades de Gestión de Proyectos de Investigación y/o Entidades beneficiarias que perciban, administren o ejecuten recursos otorgados en el marco de la cofinanciación de proyectos de investigación, otorgados por el CONACYT, una vez culminado cada proyecto, deberán formalizar la presentación ante la Contraloría General de la República, a través del correo CGR:
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Plazos:
- Culminación en el Primer semestre: al 15 de Julio
- Culminación en el Segundo semestre: al 15 de febrero del siguiente ejercicio fiscal.
La Rendición de Cuentas deberá realizarse conforme a la rendición presentada al CONACYT y al formulario guía publicado en la página web CGR, con sus respectivos documentos de respaldo debidamente escaneados en formato digital (PDF). En caso que el archivo supere la capacidad para su remisión deberá solicitar por el correo el acceso a la Nube CGR y contraseña para el efecto.