(09 de diciembre 2021) Se recuerda a los Organismos y Entidades del Estado, Municipalidades, Gobernaciones y Sociedades Anónimas con participación accionaria del Estado, que en el marco de las funciones y atribuciones de control, vigilancia y fiscalización de los bienes públicos y del patrimonio del Estado, establecidas por la Constitución Nacional y la Ley 276/94, la obligatoriedad de remitir a este Organismo Superior de Control, las Planillas de Registro Mensual de Viáticos y los Formularios de Rendición de Cuentas por Beneficiarios acompañado del soporte documental de gastos, correspondientes a las comisiones de servicios llevados a cabo dentro y fuera del territorio nacional, en cumplimiento a lo establecido en el artículo 7° de la Ley N° 6511/20 “Que establece disposiciones generales sobre el otorgamiento de viáticos en la Administración Pública”, al Decreto N° 5076/21 “Por el cual se reglamenta la Ley N° 651/20, “Que establece disposiciones generales sobre el otorgamiento de viáticos en la Administración Pública” y la Resolución CGR N° 116/21 “Por la cual se actualiza el procedimiento administrativo para el registro y control de la rendición de cuentas de viáticos, los Formularios de Rendición de Cuentas por Beneficiario y su instructivo, las Planillas de Registro Mensual de Viáticos, su modelo e instructivo”.

Gacetilla N° 80/2021
CDBA/X/
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