(18 de abril, 2018). La Contraloría General de la República, se encuentra realizando controles en diferentes puntos del país en el marco de la Ley 704/95 “Que crea el Registro y de Automotores del Sector Público” y sus modificatorias 4.931/13 y 5.609/16.(18 de abril, 2018). La Contraloría General de la República, se encuentra realizando controles en diferentes puntos del país en el marco de la Ley 704/95 “Que crea el Registro y de Automotores del Sector Público” y sus modificatorias 4.931/13 y 5.609/16.
En los controles efectuados en Concepción se detectó un vehículo del Poder Judicial que no contaba con placa ni tarjeta de identificación expedida por la DINATRAN, ni del Registro Automotor del Sector Público (RASP), con número de móvil, Orden de Trabajo y Libro de Registro de orden de trabajo.
En la verificación realizada en el Departamento del Guairá, fue retenido un móvil del Segundo Cuerpo de Ejército, correspondiente a la II División de Infantería, que en el momento del control carecía de placa y tarjeta de identificación expedida por la DINATRAN, tampoco contaba con logotipo, RASP, número de móvil, la leyenda USO OFICIAL EXCLUSIVO y el Libro de Registro de orden de trabajo.
En el control llevado a cabo en el Departamento de Canindeyú, fue interceptado un vehículo del Servicio Nacional de Erradicación del Paludismo (SENEPA), por carecer de Placa y Tarjeta de identificación expedida por la DINATRAN, tampoco tenía Orden de Trabajo y Libro de Registro de orden de trabajo.
Finalmente, en el control realizado en el Departamento de Itapúa se encontró una ambulancia al servicio de la Municipalidad de Coronel Bogado que no tenía chapa ni cédula del automotor, tampoco tenía la Placa ni Tarjeta de identificación expedida por la DINATRAN, la leyenda USO OFICIAL EXCLUSIVO, RASP, Número de móvil, Orden de Trabajo y Libro de Registro de orden de trabajo.
Se recuerda nuevamente que teniendo en cuenta la realización de las Elecciones Generales convocadas para el próximo domingo 22 de abril, todos los vehículos del Estado deberán permanecer en el local de la institución respectiva o en los lugares habilitados para el efecto, en parque cerrado, salvo aquellos expresamente autorizados a circular por la naturaleza de las tareas a desempeñar. Los vehículos estatales que circulen deben tener el logotipo y la orden de trabajo de sus respectivas instituciones, además de no transportar personas extrañas a la entidad que corresponde.
Los trabajos están a cargo de funcionarios asignados a la Dirección General de Control de Bienes Patrimoniales del Estado de la CGR.
Gacetilla N° 32/2018
JEGA/DIRCOM/cc
Contactos: 613 345 - RA: 6200236/7
Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.