(03 de marzo, 2017) La Contraloría General de la República (CGR) remitió 8 (ocho) formularios de reporte de indicios de hechos punibles contra el patrimonio, con respecto al DTO N° 19/16, por el cual se realizó una verificación técnica in situ de las obras ejecutadas con fondos FONACIDE por la Municipalidad de Fulgencio Yegros (Dpto. de Caazapá) - Ejercicio fiscal 2015
El 01/09/14, la Municipalidad de Fulgencio Yegros contrató a la empresa GRUPO ELITE CONSULTORÍA INTEGRAL – CONSTRUCCIONES CIVILES Y VIALES, representada por el Abg. EVER JUAN ARICIO NOGUERA, para la ejecución de los trabajos de Construcción de un Pabellón de dos aulas en Escuela Básica N° 970 República Alemana, por la suma de ₲ 140.000.0000.
Conforme a tareas de verificación in situ (inspección ocular y física de las obras), y análisis de documentos proveídos por la Municipalidad, se encontraron algunos rubros ejecutados en menor cantidad a lo contratado y pagado, además de la multa no aplicada al contratista por atraso en la entrega de las obras, que derivan en un perjuicio patrimonial de ₲ 6.035.058.
El 12/05/15, la Municipalidad de Fulgencio Yegros contrató a la empresa GER.COM INGENIERO Y ASOCIADOS, representada por el Ing. ESTEBAN GERTOPAN, para la ejecución de los trabajos de Construcción Comedor en Escuela N° 970 República Alemana, por la suma de ₲ 110.000.0000.
Conforme a tareas de verificación in situ (inspección ocular y física de las obras), la misma se hallaba aún en ejecución, y luego del análisis de documentos proveídos por la Municipalidad, se constató que se había pagado la totalidad del contrato. Los rubros no ejecutados, o ejecutados en menor cantidad a lo contratado y pagado, además de la multa no aplicada al contratista por atraso en la entrega de las obras, derivan en un perjuicio patrimonial de ₲ 93.602.600.
El 28/10/14, la Municipalidad de Fulgencio Yegros contrató a la empresa GRUPO ELITE CONSULTORÍA INTEGRAL – CONSTRUCCIONES CIVILES Y VIALES, representada por el Abg. EVER JUAN ARICIO NOGUERA, para la ejecución de los trabajos de Construcción de un Aula en la Escuela Básica N° 969 República de Suiza, por la suma de ₲ 78.000.000.
Conforme a tareas de verificación in situ (inspección ocular y física de las obras), y luego del análisis de documentos proveídos por la Municipalidad, se constató que existen rubros no ejecutados, o ejecutados en menor cantidad a lo contratado y pagado, que derivan en un perjuicio patrimonial de ₲ 9.519.682.
El 06/05/15, la Municipalidad de Fulgencio Yegros contrató a la empresa GRUPO ELITE CONSULTORÍA INTEGRAL – CONSTRUCCIONES CIVILES Y VIALES, representada por el Abg. EVER JUAN ARICIO NOGUERA, para la ejecución de los trabajos de Construcción de un comedor en la Escuela Básica N° 969 República de Suiza, por la suma de ₲ 110.000.000.
Al momento de la verificación in situ (inspección ocular y física de las obras), y luego del análisis de documentos proveídos por la Municipalidad, se comprobó que existen rubros no ejecutados, o ejecutados en menor cantidad a lo contratado y pagado, además de la multa no aplicada al contratista por atraso en la entrega de las obras, que derivan en un perjuicio patrimonial de ₲ 82.342.600.
El 03/11/14, la Municipalidad de Fulgencio Yegros contrató a la empresa GRUPO ELITE CONSULTORÍA INTEGRAL – CONSTRUCCIONES CIVILES Y VIALES, representada por el Sr. EVER JUAN ARICIO NOGUERA, para la ejecución de los trabajos de Reparación de 3 aulas en el Colegio San Rafael, por la suma de ₲101.000.000
Conforme a las tareas de verificación in situ (inspección ocular y física de las obras), y luego del análisis de documentos proveídos por la Municipalidad, se comprobó que existen rubros ejecutados en menor cantidad a lo contratado y pagado, que derivan en un perjuicio patrimonial de ₲ 3.078.465.
El 01/09/14, la Municipalidad de Fulgencio Yegros contrató a la empresa GER.COM INGENIEROS Y ASOCIADOS, representada por el Sr. ESTEBAN ERMINDO GERTOPAN GÓMEZ, para la ejecución de los trabajos de Mantelamiento y Desmantelamiento y Techado de un Pabellón de tres Aulas y un Sanitario, por la suma de ₲ 139.600.000.
Conforme a las tareas de verificación in situ (inspección ocular y física de las obras), y luego del análisis de documentos proveídos por la Municipalidad, se comprobó que existen rubros ejecutados en menor cantidad a lo contratado y pagado, que derivan en un perjuicio patrimonial de ₲ 3.500.052.
El 01/05/15, la Municipalidad de Fulgencio Yegros contrató al Sr. WILFRIDO SANABRIA, para la ejecución de los trabajos de Construcción de un Pabellón de 2 aulas en el Colegio Nacional Santiago Cortessi, por la suma de ₲ 140.000.000.
Conforme a las tareas de verificación in situ (inspección ocular y física de las obras), y luego del análisis de documentos proveídos por la Municipalidad, se comprobó que existen rubros ejecutados en menor cantidad a lo contratado y pagado, además de la multa no aplicada al contratista por atraso en la entrega de las obras, derivan en un perjuicio patrimonial de ₲ 40.419.193.
En el marco del DTO N° 19/16: realización de trabajos a efectos de elaborar el Dictamen Técnico de Obras (DTO) correspondiente, en los términos previstos por el Sistema de Gestión de Calidad: PO- CG 7.5.130, con base en la rendición de cuentas de los recursos transferidos por el Fondo Nacional de Inversión Pública y Desarrollo y el Fondo Para la Excelencia de la Educación y la Investigación (FONACIDE), correspondientes al primer, segundo y tercer cuatrimestre, respectivamente, del ejercicio fiscal 2015, presentados por la Municipalidad de Fulgencio Yegros; y luego de las verificaciones in situ, en gabinete de la CGR, el equipo auditor encontró que la obra Construcción de bloque de 2 aulas en el N° 969 República de Suiza presenta atrasos en la entrega y recepción de la misma, en relación al plazo contractual estipulado, dejando de aplicarse la multa establecida de penalización por atrasos, por el monto total de ₲ 6.300.000.
En base a lo expuesto, la Contraloría General de la República formuló denuncia al Ministerio Público, mediante Reportes de Indicios Hechos Punibles Contra el Patrimonio.
Nota CGR N° 801/17
Reporte CGR N° 60/17 al 67/17
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