(29 de diciembre, 2016) La Contraloría General de la República (CGR) remitió formulario de reportes de indicios de hechos punibles contra el patrimonio, elevado por la Dirección de General de Control de Obras Públicas de este organismo superior de control, con respecto a la OT CGR N° 06/16, por la cual se realizó una verificación técnica in situ de las obras ejecutadas y en ejecución con fondos del FONACIDE, por la Municipalidad de San Miguel en el ejercicio fiscal 2015.

 

El 27 de julio de 2015, la firma “AB CONSTRUCCIONES”, emitió la Factura Contado N° 001-001-0000166, en concepto de pago de Anticipo del 30% de Construcción de Aula para Inicial en la Escuela Básica Nº 5334 Hna. María Mercedes Mainero de Jhugua y el 28 de julio de 2015, la Municipalidad de San Miguel contrató a la firma “AB CONSTRUCCIONES”, representada por el Sr. Aníbal Benítez Román, con CI N° 2.460.367, para la ejecución de los trabajos de “Construcción de Aula para Inicial en la Escuela Básica Nº 5334 Hna. María Mercedes Mainero de Jhugua-Arazapé”. Distrito de San Miguel, Misiones”, por la suma de G. 120.277.530.

Conforme a tareas de verificación in situ (inspección ocular y física de las obras), y análisis de documentos proveídos por la Municipalidad, se concluye: 1) La deficiente fiscalización de las obras encaradas por la Municipalidad de San Miguel, con fondos del FONACIDE durante el ejercicio fiscal 2015, ha permitido el incumplimiento de las Especificaciones Técnicas, que ponen en riesgo la seguridad de las obras y ocasionaron el pago de rubros cuyo valor es inferior al especificado. 2) Se constatan diferencias entre las cantidades de obras pagadas y las realmente ejecutadas, lo que sumado a los incumplimientos de especificaciones técnicas han ocasionando un pago en más en contra de los intereses de la Municipalidad de San Miguel.

Estos incumplimientos de las condiciones contractuales derivan en un perjuicio patrimonial de: G. 17.700.353.

El 27 de agosto de 2015, la Municipalidad de San Miguel contrató a la firma “TORRES LINARES INGENIERIA”, representada por el Sr. Hugo A. Torres Linares, con CI N° 3.672.928, para la ejecución de los trabajos de “Construcción de Baño Sexado en el Colegio Nacional de Ysypo”, por la suma de G. 79.991.540.

Conforme a tareas de verificación in situ (inspección ocular y física de las obras), y análisis de documentos proveídos por la Municipalidad, se concluye: 1) La deficiente fiscalización de las obras encaradas por la Municipalidad de San Miguel, con fondos del FONACIDE durante el ejercicio fiscal 2015, ha permitido el incumplimiento de las Especificaciones Técnicas, que ponen en riesgo la seguridad de las obras y ocasionaron el pago de rubros cuyo valor es inferior al especificado. 2) Se constatan diferencias entre las cantidades de obras pagadas y las realmente ejecutadas, lo que sumado a los incumplimientos de especificaciones técnicas han ocasionado un pago en más en contra de los intereses de la Municipalidad de San Miguel.    

Estos incumplimientos de las condiciones contractuales derivan en un perjuicio patrimonial de: G. 15.864.738.

El 07 de mayo de 2015, la Municipalidad de San Miguel contrató a la firma “MATERIALES DE CONSTRUCCIÓN SAN MIGUEL”, representada por el Sr. Miguel Ángel Ramírez Godoy, con CI N° 868.370, para la ejecución de los trabajos de “Construcción de baño sexado en el Colegio Nacional Mons. Gabino Rojas de Arazapé, Distrito de San Miguel - Misiones”, por la suma de G. 70.854.640.

Conforme a tareas de verificación in situ (inspección ocular y física de las obras), y análisis de documentos proveídos por la Municipalidad, se concluye: 1) La deficiente fiscalización de las obras encaradas por la Municipalidad de San Miguel, con fondos del FONACIDE durante el ejercicio fiscal 2015, ha permitido el incumplimiento de las Especificaciones Técnicas, que ponen en riesgo la seguridad de las obras y ocasionaron el pago de rubros cuyo valor es inferior al especificado. 2) Se constatan diferencias entre las cantidades de obras pagadas y las realmente ejecutadas, lo que sumado a los incumplimientos de especificaciones técnicas han ocasionado un pago en más en contra de los intereses de la Municipalidad de San Miguel 3) La obra tuvo un considerable atraso de 108 días. La Municipalidad de San Miguel no aplicó la multa correspondiente.    

Estos incumplimientos de las condiciones contractuales derivan en un perjuicio patrimonial de: G. 12.200.545.

El 07 de mayo de 2015, la Municipalidad de San Miguel contrató a la firma “GAMA CONSTRUCCIONES”, representada por el Sr. Gabriel Arístides Medina Aquino, con CI N° 3.530.828, para la ejecución de los trabajos de “Construcción de Baño sexado en la Escuela Básica Nº 5331 San Rafael Arcángel de Ysypo Potrero, Distrito de San Miguel - Misiones”, por la suma de G. 32.880.650.

Conforme a tareas de verificación in situ (inspección ocular y física de las obras), y análisis de documentos proveídos por la Municipalidad, se concluye: 1) La deficiente fiscalización de las obras encaradas por la Municipalidad de San Miguel, con fondos del FONACIDE durante el ejercicio fiscal 2015, ha permitido el incumplimiento de las Especificaciones Técnicas, que ponen en riesgo la seguridad de las obras y ocasionaron el pago de rubros cuyo valor es inferior al especificado. 2) Se constatan diferencias entre las cantidades de obras pagadas y las realmente ejecutadas, lo que sumado a los incumplimientos de especificaciones técnicas han ocasionado un pago en más en contra de los intereses de la Municipalidad de San Miguel.   
 
Estos incumplimientos de las condiciones contractuales derivan en un perjuicio patrimonial de: G. 8.466.104.

En base a lo expuesto, la Contraloría General de la República formuló denuncia al Ministerio Público, mediante 4 (cuatro) Reportes de Indicios Hechos Punibles Contra el Patrimonio.

Enlace a Nota CGR N° 048/2016 - Municipalidad de Misiones

Enlace a RIPH N°02/2016 - Municipalidad de Misiones

Enlace a RIPH N°03/2016 - Municipalidad de Misiones

Enlace a RIPH N°04/2016 - Municipalidad de Misiones

Enlace a RIPH N°05/2016 - Municipalidad de Misiones

Gacetilla Nº 16/2016
Nota CGR N° 048/16
OT CGR N° 06/16
Reporte CGR N° 02/16, 03/16, 04/16, 05/16.
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