(19 de febrero, 2016) La Contraloría General de República (CGR) realizo un análisis corresponde al ejercicio fiscal 2013 y primer cuatrimestre 2014, y fue realizado a fin de dar cumplimiento al artículo 8 de la Ley N° 4758/12 que indica: “Los Órganos de Control, dentro del ámbito de sus competencias, controlarán la ejecución de los programas o proyectos financiados con recursos del FONACIDE.”
OBJETIVO
El objetivo del examen consistió en el análisis de los documentos presentados como Rendición de Cuentas de la aplicación de los recursos del FONACIDE a programas y proyectos, y que las operaciones a las cuales ellas correspondan hayan sido ejecutadas de conformidad a las disposiciones legales vigentes y demás normas aplicativas.
CONCLUSIÓN
a) Concurso de Ofertas N° 1/13 – Contratista “Gustavo Ignacio Rivas, Obras Viales y Civiles”.
1. El Intendente Municipal de Atyrá no dio cumplimiento a la Cláusula 7º del Contrato UOC N° 1.
2. La Municipalidad de Atyrá utilizó fondos provenientes de Royalties, sin justificar la utilización de los mismos, por un monto de G. 482.815.500 (Guaraníes cuatrocientos ochenta y dos millones ochocientos quince mil quinientos).
b) Concurso de Ofertas N° 2/13 y Contratación Directa N° 3/14 – “Contratista Aníbal Ignacio Rivas, Construcciones”.
1. El Intendente Municipal abonó la suma de G. 300.000.148 (Guaraníes trescientos millones ciento cuarenta y ocho), en el concepto anticipo del 50 % del valor del Contrato correspondiente al Concurso de Ofertas Nº 2/13, con noventa y nueve días de antelación a la suscripción del Acta de Inicio de Obras, sin dar cumplimiento a la Cláusula 7º del Contrato Nº 2/13.
2. La Municipalidad utilizó fondos provenientes de Royalties, de un monto de G. 115.000.000 (Guaraníes ciento quince millones), sin justificar su utilización.
3. Se realizó el pago en exceso de G. 144.005 (Guaraníes ciento cuarenta y cuatro mil cinco), en el Contrato correspondiente a la Contratación Directa Nº 2/13 y Nº 3/14.
c) Contratación Directa N° 2/14 – Contratista Arq. Pedro Rubén González
El Ejecutivo Municipal no aplicó la multa por los 17 días de atraso que tuvo la obra, omitiendo el cumplimiento de la Cláusula 11 del Contrato UOC Nº 2/14.
Este examen especial estuvo a cargo de la Dirección General de Economía de la Contraloría General de la República.
El informe final de este examen se encuentra en la página web de la CGR: www.contraloria.gov.py
Gacetilla Nº 05/2016
Nota CGR N° 703/16
Dirección de Comunicación
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