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03.03.2010
En lecha 21/12/2004, el Consejo de Adminle:acidn de la Cava de Jubilaciones y Pensiones del Personal Municipal (CJPPM) autorizo el
Presidente del .Consejo de dicha Institución, a proceder a la adquislddn de Bonos del Tesoro Nacional (Valor Nominal de u$5 164.000),
olenados por el Sr. Arnaldo Chromey Cáceres por la suma de U$S 147 600(90'% bayo la par).
El 28/11/12/2004 el Presidente del Consejo de Admintstaddn de la CJPPM dispuso el pago de la suma de U$5 147 600 al St. Amado ChoffleY
Cáceres en concepto de compra de Bonos del Tesoro, de propiedad oe la empresa Tececm 15 R.L. El Sr. Chromey riaerla sino auldnzado
co, la empresa Tecnomyl S R L. a percibir el pago por la venta , según nota de faena 27112)2004, proveiws ;apto por la CJPPM momo por la
empresa.
Según la factura de fecha 28/1212004 presentada par Teondmyl SRL, dicha empresa vendió loe referidos bonos al Sr. Arnaldo Chmmey
Cáceres por la suma total de U$S 121000,
La presente operación habría causado un perjuicio patrimonial a la CJPPPA, equivalente a la suma de U$S 24.600, duración a que esta
ca,Mución desembolsó la suma de U $S 14] 600, para la adquisición de bonos que, en ese momento (2n' 04), ten' n v
123.000.
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03.03.2010
En fecha 30/12/04 , el Consejo de Administración de la
Presidente del Consejo a proceder a le adquisición de Bonos del Tesoro Nacional (Valor Nominal de U$S 200 000), afanados por el Sr. k, 1.110
Alce Rodriguez , por la suma de USS 180.000 ( 90% bajo la par).
El 06101105 el Presidente del Consejo de Administración de la CJPP61 dispuso el pago de la suma de USS 180000 a la empresa Tecnomyl
S.R.L. en concepto de compra de Bonos del Tesoro, de propiedad de la referida empresa . El cheque individualizado en el Comprobante de
Pago, conforme documentación remitida por Banco Amambay S.A. fue librado a la orden de dicha entidad Bancaria y no a nombre de le firma
de Tecnomyl S.R.L..
Según la factura de fecha 06101 /05 presentada por Terrnomyl S.R.L, dicha empresa vendió los referidos bonos al Sr. Antonio Arca Rodríguez
por la suma total de U$S 150.000.
La presente operación habría causado un perjuicio patrimonial a la CJPPM, equivalente a la suma de U$S 30.000, en consideración a que esta
e moala r de mento 00u05, tenian institución desembols la suma de USS 180.000, para la adquisición de bonos que , en
U$S 150.000
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03.03.2010
En fecha 08/03/05, el Consejo de Administración de la Caja de Jubilaciones y
Presidente del Consejo a proceder ala adquisición de Bonos del Tesoro Nacional (Valor Nominal de U$S 500.000), ofertadas por el Sr. Arnoldo
Chromey Cáceres, por la suma de U$S 475.000 (95% bajo la par),
El 10103105 el Presidente del Consejo de Administración de la CJPPM dispuso el pago de un monto en guaraníes equivalente a la suma de
1 475,000 al Sr. Amaldo Chromey Cáceres en concepto de compra de Bonos del Tesoro. Dichos Bonos eran de propiedad de la empresa
Tecnomyl S.R.L.
Según la factura de fecha 10103/05 presentada por Tecnomyl S.R.L., dicha empresa vendió los referidos bonos al Sr. Arnaldo Chromey
Cáceres por la suma total de 1 395.01
La presente operación habría causado un perjuicio patrimonial a la CJPPM, equivalente a la suma de U$S 80.000, en consideración a que esta
n un valor de U$S t í 05 en a ), institución desembolsó la suma de U$S 475.000, para la adquisición de bonos que, en ese momento (10/031
395.000.
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03.03.2010
En fecha 15/03/05, el Consejo de Administración de la Caja de Jubilaciones y Pensiones del Personal Municipal (CJPPM) autorizo al
Presidente del Consejo a proceder a la adquisición de Bonos del Tesoro Nacional (Valor Nominal de USS 180.000), ofertados por el Sr. Carlos
Andrés Nogues Fernández, por la suma de U$S 167.400 (93% bajo la par). Dichos Bonos eran cropiedad de la empresa Tecnomyl S.R.L.
El 21103105 el Presidente del Consejo de Administración de la CJPPM dispuso el pago de la suma de U$S 167.400 al Sr. Carlos Andrés
Nogues Fernández en concepto de compra de Bonos del Tesoro
Según lafactura de fecha 21/03/2005 presentada por Tecnomyl SR.L„ dicha empresa vendió los referidos bonos al Sr. Carlos Andrés Nogues
Fernández por la suma total de U$S 135.000.
La presente operación habría causado un perjuicio patrimonial a la CJPPM, equivalente a la suma de U$S 32,400, en consideración a que esta
institución desembolsó la suma de U$S 167 400, para la adquisición de bonos que, en ese momento (21/03/05), tenían un valor de U$S
135.000.
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03.03.2010
En fecha 01/06/04, el Consejo de Administración de la Caja de Jubilaciones y Pensiones del Personal Municipal dispuso la venta de Bonos Municipales (Titulos 1 al 5), pertenecientes a dicha entidad, con un valor nominal de G. 5.000.000.000 Según la disposición del Consejo de Administración, la venta de dichos Bonos de la Municipalidad de Asunción (en adelante, "Bonos Municipales") se debía realizar como mínimo, por su valor nominal.
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08.03.2010
En fecha 02 de noviembre de 2004, el Consejo de Administración de la Caja de Jubilaciones y Pensiones del Personal Municipal (CJPPM), dispuso la venta parcial y/o total de Bonos Municipales (Títulos 6 al 10). pertenecientes a dicha entidad, con un valor nominal de Gs. 5.000.000.000.
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08.03.2010
El 30 de agosto de 2004, el Asesor Bursátil Portafolio de Valores SAECA, presentó a la Caja de Jubilaciones y Pensiones del Personal Municipal (CJPPM) una oferta de venta de Bonos del Tesoro Público - Ley N° 1857/02, con valor nominal de Dólares estadonidenses Trescientos mil (U$s 300.000), a un precio equivalente al 85% de su valor nominal (bajo la par).
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