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(5 de noviembre, 2018). El Contralor General de la República, Abog. José Enrique García, explicó que la institución a su cargo tropieza con la imposibilidad material de producir un dictamen respecto a las cuentas del Municipio de Ciudad del Este, debido a que no puede aún acceder a la documentación respaldatoria del Ejercicio Fiscal 2017, puesto que las mismas se encuentran en poder del Tribunal de Cuentas Segunda Sala.

En conferencia de prensa, el contralor lamentó el hecho que calificó como una “supresión de prerrogativas constitucionales” del Órgano Superior de Control. Asimismo recordó que la Fiscalía de Cuentas, Primer Turno, también determinó denegar el pedido formulado por la CGR para realizar la revisión de los documentos, pese a que la propia Corte Suprema de Justicia en su momento se encargó de aclarar que “…ambas instituciones (Tribunal de Cuentas y Contraloría) tienen atribuciones diferentes que no se superponen ni colisionan entre sí (…) Por lo tanto, no existe impedimento alguno para que la Contraloría realice las auditorías que correspondan, en todas las reparticiones públicas de la República, incluida la misma Corte Suprema de Justicia”.

Lo grave del caso es que, en esta misma situación se encuentran otras 156 instituciones –en su mayoría municipios y gobernaciones, según el listado proveído por el Poder Judicial- las cuales, por medio de Acciones de Inconstitucionalidad, retacean información a la Contraloría General de la República.

CASO METROBÚS

El Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC) solicitó a la CGR el acompañamiento del proceso en el marco de la ejecución del Proyecto Metrobús. Al respecto, la Contraloría ya entregó en el mes de agosto un primer avance con los principales hallazgos en los que se evidencian una serie de irregularidades, entre las que se encuentran la falta de documentos de respaldo por un monto de G. 4.772.963.402 en concepto de Anticipo, así como inconsistencias en los reportes e informes remitidos por el MOPC en los montos pagados y obligados, además del Convenio Modificatorio N° 4 por un valor significativo de G. 58.837.106.298, que no fue previsto inicialmente. Para el ente contralor, llama la atención el fenómeno recurrente de las variaciones contractuales a través de las Adendas y Convenios Modificatorios, que denotan una falta de control por parte de los encargados institucionales de verificación de los proyectos desarrollados, sean éstos a cargo de personal propio o de terceros.

A raíz de los últimos acontecimientos que son de público conocimiento, la Contraloría dispuso la realización de una nueva auditoría sobre la ejecución de los US$ 21 millones que fueron desembolsados en favor de la contratista Mota Engil.

APORTES A PARTIDOS POLÍTICOS

El pasado 1 de noviembre, la Contraloría General de la República solicitó por nota un informe al Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE) sobre los aportes y subsidios otorgados a los partidos y movimientos políticos para las elecciones generales del 22 de abril de este año. Cabe consignar que es la primera vez que este Órgano Superior de Control realizará una investigación exhaustiva sobre los recursos públicos que son entregados a las diferentes organizaciones políticas que participaron de los comicios generales.

Por otro lado, se están preparando 61 notas de la CGR a ser remitidas a los partidos políticos fundamentándose el pedido en que no se han discriminado los gastos incurridos con fondos públicos (aporte y/o subsidio) por lo que no se ha podido culminar la revisión de las rendiciones de cuentas que fueran presentadas por el TSJE a la CGR. Esto quiere decir que en las rendiciones de cuentas analizadas no se determinan si los gastos incurridos por los mismos fueron realizados con fondos públicos y/o privados, lo que limita la competencia de la CGR, ya que sólo puede emitir opinión sobre los fondos públicos.

El contenido completo de la Conferencia de Prensa, puede ser observado en el canal de You Tube de la Contraloría, en el siguiente enlace: https://www.youtube.com/watch?v=bPTgOvwgtnU

 

Gacetilla N° 91/2018
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